Los plazos de los vencimientos para que las personas naturales presenten la declaración de renta en el año 2018 están definidos entre el 9 de agosto de y 17 de octubre
El pasado 28 de noviembre el Ministerio de Hacienda publicó el decreto 1951 en el cual estable el calendario tributario para el año 2018.
«Artículo 1.6.1.13.2.15. Declaración de renta y complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas. Por el año gravable 2017 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario, por el sistema cedular, en el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, con excepción de las señaladas en el artículo 1.6.1.13.2.7. del presente Decreto, así como los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones y asignaciones modales, cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, y las personas naturales no residentes que obtengan renta a través de establecimientos permanentes en Colombia. El plazo para presentar la declaración y cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementario y del anticipo, se inicia el 8 de marzo de 2018 y vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:
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Si el último dígito es |
Hasta el día |
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99 y 00 | 09 de agosto de 2018 |
97 y 98 | 10 de agosto de 2018 |
95 y 96 | 13 de agosto de 2018 |
93 y 94 | 14 de agosto de 2018 |
91 y 92 | 15 de agosto de 2018 |
89 y 90 | 16 de agosto de 2018 |
87 y 88 | 17 de agosto de 2018 |
85 y 86 | 21 de agosto de 2018 |
83 y 84 | 22 de agosto de 2018 |
81 y 82 | 23 de agosto de 2018 |
79 y 80 | 24 de agosto de 2018 |
77 y 78 | 27 de agosto de 2018 |
75 y 76 | 28 de agosto de 2018 |
73 y 74 | 29 de agosto de 2018 |
71 y 72 | 30 de agosto de 2018 |
69 y 70 | 31 de agosto de 2018 |
67 y 68 | 03 de septiembre de 2018 |
65 y 66 | 04 de septiembre de 2018 |
63 y 64 | 05 de septiembre de 2018 |
61 y 62 | 06 de septiembre de 2018 |
59 y 60 | 07 de septiembre de 2018 |
57 y 58 | 10 de septiembre de 2018 |
55 y 56 | 11 de septiembre de 2018 |
53 y 54 | 12 de septiembre de 2018 |
51 y 52 | 13 de septiembre de 2018 |
49 y 50 | 14 de septiembre de 2018 |
47 y 48 | 17 de septiembre de 2018 |
45 y 46 | 18 de septiembre de 2018 |
43 y 44 | 19 de septiembre de 2018 |
41 y 42 | 20 de septiembre de 2018 |
39 y 40 | 21 de septiembre de 2018 |
37 y 38 | 24 de septiembre de 2018 |
35 y 36 | 25 de septiembre de 2018 |
33 y 34 | 26 de septiembre de 2018 |
31 y 32 | 27 de septiembre de 2018 |
29 y 30 | 28 de septiembre de 2018 |
27 y 28 | 01 de octubre de 2018 |
25 y 26 | 02 de octubre de 2018 |
23 y 24 | 03 de octubre de 2018 |
21 y 22 | 04 de octubre de 2018 |
19 y 20 | 05 de octubre de 2018 |
17 y 18 | 08 de octubre de 2018 |
15 y 16 | 09 de octubre de 2018 |
13 y 14 | 10 de octubre de 2018 |
11 y 12 | 11 de octubre de 2018 |
09 y 10 | 12 de octubre de 2018 |
07 y 08 | 16 de octubre de 2018 |
05 y 06 | 17 de octubre de 2018 |
03 y 04 | 18 de octubre de 2018 |
01 y 02 | 19 de octubre de 2018 |